EL
ENJUICIAMIENTO MORAL DE LOS FUNCIONARIOS
Juan Josè Bocaranda E
La Ius-ètica introduce
un enfoque nuevo y novedoso en cuanto se refiere al enjuiciamiento de los
funcionarios, y es el que se fundamenta en su responsabilidad moral.
Ningún
sistema político puede ser eficiente si los funcionarios públicos no son
confrontados con su responsabilidad moral. Si ellos requieren de otros
funcionarios para que los vigilen y controlen, y éstos a su vez requieren otro
tanto, ¿quién vigilará y controlará a los que ocupan la cúspide?
Así, pues, no se reduce a meras palabras
el planteamiento de que la Moral
es fundamental para el recto funcionamiento de la administración pública. La
sociedad civil lo comprende cada vez más, a medida que padece las consecuencias
de la falta de ética en el funcionario público. Comprende, también, que estamos
llegando al límite en que el
Derecho manifiesta ser eficaz, revitalizado por la Moral, o se hunde en la
anarquía. Vivimos tiempos tempestuosos en que el cinismo, el odio a la
verdad, la distorsión sistemática de los hechos, el peso muerto de los
intereses más escabrosos y el delirio del poder, han arrastrado el Derecho a la
minusvalía, la ley al descrédito y el sistema total a la falta de fe. Ello en
tal forma y con tal intensidad, que el ciudadano implora por el rescate de la
confianza, si bien intuye que ésta no puede retornar sino a través de un
Derecho resucitado por los valores éticos y por los principios morales. Porque el último recurso, la última
esperanza, cuando las instituciones jurídicas fallan, es la fuerza de la Moral.
Hay Constituciones que establecen que el
pueblo es el titular nato de la soberanía. Pero de inmediato le advierten que
no la ejerce directamente sino a través de los órganos del Estado, aunque una
experiencia de crecientes engaños y desengaños dice a los ciudadanos que no
deben confiar en aquéllos a ciegas, pues suelen adueñarse del poder para
satisfacer sus intereses.
Se desemboca, entonces, en la conclusión
de que, para romper este círculo vicioso, es el propio pueblo quien debe "custodiar a los
custodios" con garantías de rectitud. Para hacerlo requiere de las
Acciones Morales y, específicamente, de la dirigida al Enjuiciamiento Moral
del funcionario público, con el fin de que se realice la "Justicia Moral", que
se distingue de la justicia meramente formal y se sintetiza en el Principio Ético.
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