miércoles, 13 de julio de 2016

REVOLUCIÓN AXIOLÓGICA EN EL ESTADO Y EN EL DERECHO Juan José Bocaranda E.





REVOLUCIÓN AXIOLÓGICA EN EL ESTADO Y EN EL DERECHO
Juan José Bocaranda E.

Evadir responsabilidades con el pretexto de que una propuesta parece “utópica”, es más cómodo que luchar por un ideal y, también, propio de gente mediocre.

La concepción ius-ética del Estado y del Derecho puede conducir a la integración de todos los Estados Éticos de Derecho en un Estado Ético Pla­netario, base de la Confraternidad Universal.
Claro que, ante la pesadilla de la realidad internacional actual, por ahora esto sólo parece un sueño. Pero los Estados deben despertar tomando concien­cia de que son Estados Éticos.
Sin embargo, no debemos esperar el milagro de que los Estados, inficio­nados de egoísmo y atados a intereses mezquinos, vayan a tomar consciencia ética en forma espontánea o voluntaria: se requiere que los sectores más avanzados de la población, en cada país, asuman la tarea de despertar y de incitar al Estado a que se dé cuenta de su esencia ética y de la esencia ética del Derecho, y comience a obrar en consecuencia.
Ante la resistencia inicial de los Estados, los pueblos deben integrarse en Organizaciones de Lucha por el Poder Moral, con la seguridad del triunfo, puesto que el Principio Ético está enclavado en el núcleo vital del Estado, sin posibilidad alguna de que éste se libere de su imperio.
El Principio Ético habrá de ser, así, el medio de presión a través del cual la voluntad, el interés y la decisión de los pueblos logren la regeneración del Estado, partiendo de la depuración del funcionario público.
El Estado Regenerado, plenamente consciente de sus fines y de sus ob­jetivos, se abocará, por fin, a transformar la sociedad, mediante la realización de una verdadera Justicia: la Justicia Jurídica Moralizada o Justicia Moral canalizada por las vías jurídicas.
El Estado Regenerado, moralmente eficiente en lo interno, asumirá la consciencia de que el mundo no se reduce a sus fronteras y de que debe ex­pandirse espiritualmente hacia las demás Naciones, deviniendo, así, en Estado Ético Trascendente y apoyándose todos los Estados Éticos Trascendentes en la Ley Ética de la Cooperación Internacional.
"En los siglos venideros, -escribe Torkon Saraydarian- la ciencia de la cooperación se enseñará en todas las escuelas y universidades como base de la vida, y se sabrá que la cooperación se basa en una ley clara y pura. En el futuro, la legislación desarrollará minuciosamente la Ley de la Cooperación, no sólo para una nación sino también para toda la humanidad. La Ley de la Cooperación será la Carta Magna de la Nueva Era".
Bajo la eficacia de esta Ley podrá cristalizar algún día la idea de la Con­fraternidad Universal, esencia de un Estado Ético Planetario, en el cual estén representadas todas las Naciones, todas las razas, todos los pueblos, sin dis­criminaciones negativas y sobre la base de una Justicia Ética Planetaria.
Afirmamos en forma tan categórica, porque nos apoyamos en una reali­dad incuestionable: según van las cosas, si no se piensa y aspira en términos de unidad, la Tierra perecerá. Esencialmente, por causa de ese aborto de la humanidad que es el EGOÍSMO. Egoísmo de los individuos. Egoísmo de las Naciones.

jueves, 7 de julio de 2016

TRASCENDENTALISMO JURÍDICO Juan José Bocaranda E





TRASCENDENTALISMO JURÍDICO
Juan José Bocaranda E

El nuevo milenio nació en medio de problemas que atentan contra la supervivencia misma de la Humanidad, como lo son,  el terrorismo, el narco-tráfico, el trafico de armas, la cuestión ecológica, las amenazas  contra la Paz Mundial, y la pobreza, el hambre,  el desempleo, la discriminación, la xenofobia y, en síntesis, un decrecimiento alarmante de los derechos humanos a nivel global.

Se mira a los lados en procura de una esperanza, y es el Derecho el que emerge como tal. Sin embargo, por cuanto se requiere un Derecho cuya estatura sea proporcionada a la universalidad y a la magnitud de los problemas, nos encontramos con que el Derecho tradicional ha venido perdiendo confiabilidad y respetabilidad y con que, por otra parte, los valores puramente jurídicos manifiestan ser incapaces de contribuir por sí solos a resolver tan graves y profundos problemas.

Se requiere, pues, un Derecho redimensionado, trascendente, que incorpore nuevos valores, revitalizando los valores jurídicos, consubstanciándose con la Moral, en un un Estado Ético que contribuya al escenso espiritual de la Humanidad.

¿Por qué alarmarse ante la idea de reconocer hoy al Derecho una función de trascendencia, más allá de la mera regulación social externa? ¿Por qué persistir, en contra de la evolución histórica, en rechar la conjunción real, plena, creativa, de la Moral con el Derecho? La Moral y el Derecho deben “DISTINGUIRSE”, no “SEPARARSE”...¿Por qué las concepciones jurídicas deben mantenerse aherrojadas por el pasado?