EL
DERECHO TRADICIONAL Y LA SIMPLE “CONVIVENCIA”
Juan Josè Bocaranda E
Son innumerables las
formas de definir el Derecho a lo largo de la historia. Pero, todas ellas desembocan
en la idea de regulación para resolver
conflictos sociales; de garantizar armonía en las relaciones sociales; de contar,
con en base en la ley, con la
posibilidad de distinguir entre lo correcto y lo incorrecto (Hobbes); de estabilizar
las expectativas de comportamiento (Luhmann): de conciliar arbitrios según una ley universal de la libertad (Kant);
de dominio de una clase social por otra(Marx y Engels); de amenazar mediante
normas (Austin); de ordenar el comportamiento externo a través de la justicia(Kantorowicz),
etc.etc.
En fin, conforme a estas definiciones, el Derecho
tradicional tiene por objeto regular las relaciones intersubjetivas en la
sociedad. Sin embargo, hoy no resulta suficiente la
"convivencia" como fin del Derecho. No es suficiente que el Derecho
"asegure" la tolerancia, aun bajo el supuesto de que con ella
"la vida de la sociedad transcurre tranquila".
El ser humano no puede progresar mediante la simple
tolerancia. Porque la tolerancia
- es pasiva y no enriquece espiritualmente
- no se opone, pero tampoco co-labora.
- no agrede, pero tampoco crea
- no frena, pero tampoco impulsa
- evita la guerra, pero no fomenta la paz.
-"deja vivir", pero no genera sentimientos de fraternidad, ni despierta en forma cierta y eficaz el respeto activo a la dignidad humana. Respeto que trascienda las meras palabras.
- es pasiva y no enriquece espiritualmente
- no se opone, pero tampoco co-labora.
- no agrede, pero tampoco crea
- no frena, pero tampoco impulsa
- evita la guerra, pero no fomenta la paz.
-"deja vivir", pero no genera sentimientos de fraternidad, ni despierta en forma cierta y eficaz el respeto activo a la dignidad humana. Respeto que trascienda las meras palabras.
Por estas razones hoy se
precisa un Derecho de amplitud humana, adecuado a las dimensiones de los
derechos humanos y a la dignidad humana, denominador común de la humanidad. El fin del
Derecho, hoy, radica en servir de instrumento a la Moral, para contribuir
activamente al ascenso de la humanidad.
Quienes persisten en la idea
de la convivencia social como fin del Derecho, están históricamente desfasados.
Es como si para ellos los derechos humanos no existiesen. Después de milenios
con esa tónica, ha llegado la hora del cambio. De un cambio profundo,
substancial, en los fines del Derecho,
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